Constituido oficialmente este Consejo de Redacción, se considera conveniente dotarlo de unas normas básicas de funcionamiento en aras de la mejor eficacia en sus decisiones y actuaciones. No obstante, a medida que avance en sus tareas, la experiencia indicará la utilidad de incorporar nuevas normas a este Reglamento, o de prescindir de algunas de las existentes, o de modificarlas o precisarlas. Se trata, pues, de un documento no cerrado.
Se parte aquí de las diversas cuestiones debatidas y aprobadas al respecto tanto en las reuniones ya celebradas de este órgano como de la Junta Directiva de “La Tribu Educa”.
1.- Principio fundamental: Concurrencia con los objetivos de la Asociación “La Tribu Educa”. En tal sentido:
2.- De acuerdo con la propuesta aprobada por la Junta Directiva de la Asociación, la marca de la editorial será: El logo de La Tribu Educa + “La Tribu Edita. Servicio de Publicaciones”. En los créditos interiores de cada publicación figurará, lógicamente, que la matriz de esta editorial es “La Tribu Educa”.
3.- Este Servicio de Publicaciones dispone de autonomía en lo relativo al ámbito de su actuación, pero sujeta a los principios que inspiran la citada Asociación. Por tanto,
4.- En cuanto al sistema de financiación:
5.- Admisión de obras:
Se establecen tres tipos de registros. Por orden cronológico:
Primero: Solicitud, mediante modelo normalizado, donde se manifieste el interés del autor o autores por publicar en nuestra editorial, el género literario de la obra con breve esbozo de su contenido y el compromiso de una fecha determinada para su disponibilidad de impresión y publicación. Un miembro del Consejo de Redacción se encargará de recibir y registrar en el libro habilitado al efecto dicha solicitud, y asimismo, informará a quien la suscriba del plazo aproximado en que será admitida o denegada.
Segundo: En caso de admisión, se requerirá al autor o autores, como requisito imprescindible, documentación que acredite el depósito del texto en el Registro de la Propiedad Intelectual. No obstante, este extremo se puede posponer a la aplicación de los consiguientes Criterios de Selección, si así lo considerara el Consejo de Redacción.
Tercero: Entrada de originales. Momento, a partir del cual, se iniciará por el Consejo de Redacción la aplicación de los criterios de selección.
6.- Criterios de selección:
7.- El proceso hasta la publicación:
Superados los Criterios de Selección, el procedimiento será el siguiente:
Uno: Se exigirá, si no se hubiera proporcionado con anterioridad, documentación acreditativa del depósito del texto en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Dos: Compromiso escrito entre esta editorial y el autor o autores de afrontar los gastos derivados del acuerdo de financiación.
Tres: Acuerdo escrito entre esta editorial y el autor o autores de las fechas probables de publicación y presentación de la obra. Para lo que se tendrán en cuenta los condicionantes técnicos (maquetación, impresión, corrección, etc.), los compromisos ya adquiridos al respecto por esta editorial, la oportunidad estratégica en cuanto a épocas del año, incidencia en acontecimientos culturales o literarios, público-lector presumiblemente interesado, además de otras circunstancias de puntual consideración.
8.- Tareas del Consejo de Redacción y reparto de las mismas:
Se irán precisando las específicas en torno a cada publicación. Aunque también se definirán y asignarán las de carácter permanente, como las siguientes:
9.- Periodicidad y lugar de las reuniones de este Consejo de Redacción:
Cada dos semanas, los martes, a las 11,30 horas en el Centro Cívico del Norte (duración aproximada -según la disponibilidad indicada por el Centro Cívico- hora y media).
Córdoba, 21 de febrero de 2017.
Ricardo Santofimia Muñoz,
Coordinador del Consejo de Redacción.
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